COVID-19.Nuevas normas laborales: Se prohíben los despidos, los contratos temporales suspendidos se prorrogan y se obliga a dar permiso retribuido recuperable del 30 de marzo al 9 de abril.
Los Reales Decreto Ley publicados el 28 y 29 de marzo, establecen un permiso retribuido recuperable entre el lunes 30 de marzo y el jueves 9 de abril, para todos los trabajadores que no pertenecen a los Servicios Esenciales, o que no pueden trabajar por teletrabajo. Realmente no es un permiso, ya que el tiempo trabajado habrá que recuperarlo posteriormente. Estamos ante una jornada irregular. En este sentido, aunque se ha explicado con profusión desde los medios de comunicación, la principal duda por parte de los trabajadores radica en conocer si su empresa se encuentra entre las denominadas «servicios esenciales». …