Los turnos de 12 horas ya están regulados en el Servicio Aragonés de Salud, pero su implantación no puede hacerse de cualquier manera. La Orden SAN/1828/2025 establece quién puede proponer el cambio, qué requisitos deben cumplirse y qué derechos tienen los profesionales durante el proceso.
Desde Somos Salud Intersindical queremos explicarte, de forma clara y sencilla, qué dice la norma y qué significa para quienes trabajan en el SALUD.
¿Quién puede proponer los turnos de 12 horas?
La implantación de los turnos de 12 horas puede iniciarse por dos vías diferentes en aquellas unidades que actualmente trabajan con otros horarios.
La Dirección del centro
La Dirección puede plantear la implantación de los turnos de 12 horas cuando considere que son adecuados para el funcionamiento de la unidad.
Pero la norma establece una condición fundamental: la propuesta debe estar motivada y negociada con los órganos de representación del personal. No basta con comunicar un cambio organizativo; debe existir un proceso de negociación con la representación de los trabajadores.
Los propios profesionales
La segunda vía parte de la plantilla.
Los profesionales de una unidad pueden solicitar la implantación de los turnos de 12 horas, siempre que exista un respaldo suficiente dentro del equipo.
El requisito es claro: se necesita la conformidad del 75 % de la plantilla de la unidad, incluyendo al personal fijo y al personal interino en plaza vacante en los términos previstos por la norma.
El 75 %: la clave del cambio
El porcentaje del 75 % es uno de los elementos más importantes del Acuerdo.
Cuando la iniciativa parte de los profesionales, ese porcentaje representa el apoyo necesario para que la propuesta pueda salir adelante. Se trata de una mayoría cualificada que busca garantizar que un cambio tan relevante en la organización del trabajo cuente con un amplio consenso dentro de la unidad.
¿Puede implantarse durante un acoplamiento?
No.
La Orden es muy clara: el procedimiento para implantar turnos de 12 horas no podrá iniciarse cuando afecte a puestos o servicios incluidos en una convocatoria de movilidad interna (acoplamiento) que esté en curso.
Esta garantía evita que ambos procesos coincidan y protege la seguridad jurídica de la movilidad interna.
¿Todos los profesionales tendrán que hacer 12 horas?
No necesariamente.
La regulación permite que convivan turnos de 12 horas y turnos de 7 horas dentro de una misma unidad, siempre que la Dirección del centro considere que esa organización es adecuada para el funcionamiento del servicio.
Esto significa que la implantación no implica automáticamente que toda la plantilla pase al mismo horario.
¿Qué ocurre si voto en contra?
Este es uno de los aspectos que más interés genera entre los profesionales.
Si finalmente se implanta el turno de 12 horas, el personal fijo con puesto en la unidad por acoplamiento que haya votado en contra y así conste tendrá la consideración de personal reestructurado a efectos del pacto de movilidad interna.
Por eso es importante conocer previamente las consecuencias que puede tener el proceso antes de emitir el voto.
También pueden establecerse otros horarios
La Orden no regula únicamente los turnos de 12 horas.
Cuando las necesidades asistenciales lo requieran, o cuando al menos el 75 % de los profesionales de una unidad lo propongan, las Direcciones de los centros podrán establecer otros horarios de trabajo diferentes, siempre previa negociación con los representantes del personal.
La organización de la jornada debe responder tanto a las necesidades asistenciales como a los derechos de los profesionales.
En resumen
Si en tu unidad se plantea implantar turnos de 12 horas, estas son las cinco claves que debes recordar:
- Dos vías de propuesta: Dirección o profesionales.
- 75 % de apoyo cuando la iniciativa parte de la plantilla.
- Negociación obligatoria si la propuesta parte de la Dirección.
- No puede iniciarse durante un proceso de movilidad interna en curso.
- El voto en contra puede tener efectos en la movilidad interna del personal fijo afectado.
Los cambios en la jornada laboral afectan a la organización del trabajo, a la conciliación y a las condiciones laborales de toda la plantilla.
Desde Somos Salud Intersindical creemos que la mejor decisión siempre parte de una información completa y de una participación consciente.
Infórmate. Decide. Cuenta.
